Un asesoramiento técnico eficaz posibilita que edificios pueden acceder a disfrutar de las ventajas de las renovables.
La clave es que está regulada por el código Técnico de la Edificación:
Actualmente es obligatorio instalar paneles solares en los edificios, lo cual viene regulada por el Código Técnico de Edificación. Pero es muy importante comprobar que se está haciendo con la máxima calidad y beneficio para el usuario de la vivienda o instalación.
Las cubiertas solares pueden instalarse con paneles solares, fotovoltaicos o térmicos, y normalmente van colocados en la cubierta del edificio o nave industrial, pero pueden construirse fachadas mediante módulos fotovoltaicos para sustituir cristales en zonas de oficinas y servicios. Estos módulos dejan pasar parte de la luz al interior del edificio. Con esto se consigue que gran parte de la radiación solar que incide sobre dicha fachada sea convertida en energía eléctrica y además impide que entre el calor, evitando así el efecto invernadero en el interior del edificio.
La legalización de la instalación es muy rápida pues prácticamente no hay limitaciones legales. Además es importante resaltar que las instalaciones fotovoltaicas colocadas sobre cubiertas o paramentos de edificaciones destinadas a vivienda, oficinas o locales comerciales o industriales no requieren la presentación del aval en industria para admitir el punto de conexión a la red eléctrica. Resumiendo, se agiliza mucho la autorización del punto de enganche a la red del distribuidor.
Técnicamente lo más importante es la orientación al Sur e inclinación óptima de los paneles fotovoltaicos para obtener el máximo rendimiento energético a lo largo de los años. Esta optimización permite que los ingresos anuales sean mayores, para un mismo capital invertido en dicha planta fotovoltaica.